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Voy a rentar y me piden aval o fianza. ¿Qué es mejor?

Autor: ¿Quiéres saber quién es? Fecha: 2015-06-24 14:07:49

 


 

 

¡Un nuevo lugar para vivir! algo privado, algo individual. 

Una nueva etapa en la vida de cualquier persona, emocionante cambiarte de casa, rentar un depa, algo súper cerca de la oficina, que permita caminar más y disfrutar más tiempo libre en vez de estar aburriéndose en el tráfico, tan incómodo y molesto.

Todo va excelente hasta que el administrador de los depas, (o quien corresponda) nos pide garantías y nos da dos opciones: Aval o Fianza. Ahí surge la pregunta: ¿Qué es mejor? o tal vez ¿qué me conviene más?

Estos días hemos tenido varias solicitudes que surgen de ésta pregunta, es por eso que creemos muy interesante puntualizar la información, tan comúnmente difundida:

"el contrato de arrendamiento es una relación simbiótica"

Comencemos por definir la naturaleza de esta petición: En teoría, el contrato de arrendamiento es una relación simbiótica, a una persona le conviene pues genera ingresos de un bien inmueble, que es el Arrendador; y a la otra persona le resultan de utilidad las características de dicho bien, como pueden ser la ubicación, costo de la renta, dimensiones, privacidad, entre otros; este último es el Arrendatario.

"al dueño del inmueble le preocupa la integridad de sus bienes y el pago de la renta"

Sin embargo, como todo convenio, existen riesgos que deben ser disminuidos lo más posible, o transferidos para mantener tranquilidad en las personas y la efectividad del negocio. Al dueño del inmueble le preocupan dos o tres cosas principalmente -recalco “principalmente” pues hay muchas otras- : 

  • La integridad de sus bienes 
  • La permanencia del inquilino y 
  • El correspondiente pago de la renta.

Sin duda, el más importante de ellos es el pago de la renta, es por eso que los arrendadores serán muy minuciosos en verificar la capacidad de pago y respaldo económico del arrendatario. 

Lo más común -y erróneo, ya veremos por qué- es que al inquilino se le den dos opciones que ayuden a garantizar el pago puntual de su renta: a) Presentar una Fianza o b) Indicar un Aval; con las derivaciones que cada una pudiera tener, por ejemplo, a veces piden que el Aval viva en la misma localidad o entidad federativa donde está el inmueble que se rentará.

Así pues, el inquilino se da a la tarea de buscar ambas opciones encontrándose -después de una larga búsqueda- con un camino redundante: Ambas opciones llevan a contar con un aval. 

"las fianzas de arrendamiento requieren como garantía un bien inmueble"

Es así porque las fianzas de arrendamiento requieren como garantía la presentación de un bien inmueble que puede ser propiedad del arrendatario (inquilino, o en el argot de las fianzas: Fiado) o puede ser de una tercer persona: Un Obligado Solidario, que para términos prácticos, es un aval. 

Por supuesto tiene sus ventajas: El dueño del inmueble tendrá la póliza de fianza como garantía del pago puntual de sus rentas durante 12 meses, y aún que existiera el caso en que el inquilino no pagara, el primero puede reclamar a la Afianzadora y ésta debe pagar la mensualidad correspondiente, asimismo, se cuenta con la certeza del análisis que realiza la compañía de fianzas al arrendatario, que observa la capacidad de pago y garantías que éste presenta.

Vale la pena comentar que rentas de casas habitación y departamentos no son los únicos negocios en que requieren este tipo de fianzas, buenos ejemplos son las naves industriales, locales comerciales en plazas, bodegas, terrenos entre muchos otros. De hecho una persona moral también puede (y lo hace) rentar inmuebles y otorgar fianza. 

 Eso sí, las fianzas garantizan únicamente rentas de bienes inmuebles, nada de bienes muebles como vehículos, maquinaria de trabajo, muebles de casa, herramientas, etc.

Al dueño del inmueble (Beneficiario, en términos de fianzas) le resulta más conveniente contar con el respaldo económico, técnico y analítico que ofrece una compañía afianzadora a través de una póliza de fianza. 


Definitivamente es mejor que ir a cobrar a la casa del papá del inquilino.


Para el arrendatario será una excelente carta de presentación contar con una fianza ya que ésta otorga una gran tranquilidad y seguridad. ¿Les recomendamos una afianzadora?

Referencias:

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